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Reforma Laboral 2.006
(Junio-Julio 2006)

APARTADOS SITUACIÓN ACTUAL TRAS LA REFORMA
Contratación
Contratos temporales No existen límites para el encadenamiento de sucesivos contratos temporales Se prohíbe el encadenamiento abusivo (Más de 24 meses en un periodo de 30)
Contrato fomento contratación indefinida Se puede concertar con determinados colectivos de trabajadores desempleados Se permite para la conversión de contratos temporales en indefinidos, que está suspendida en la actualidad (sólo se permite para contratos temporales anteriores a 31 de diciembre de 2003)
Cesión de trabajadores Sólo puede efectuarse a través de ETTs autorizadas Se define de manera clara la cesión ilegal de trabajadores
     
Incentivos a la contratación
Beneficiarios Colectivos de desempleados con especiales dificultades de empleo acogidos al contrato de fomento de la contratación indefinida

Se amplia a jóvenes varones desempleados entre 16 y 30 años. Se crea un nuevo incentivo a la contratación indefinida de mujeres que se reincorporen al trabajo después de cinco años de inactividad

Se conceden ayuda durante el 2º semestre de 2006 para la conversión de contratos temporales en indefinidos. A partir de 2007, estas ayudas quedarán suspendidas

Bonificaciones Bonificados con un porcentaje de la cuota a la Seguridad Social, lo que beneficia más a los trabajadores con salarios altos Se sustituyen por módulos fijos de ayuda mensual según el colectivo de beneficiarios (entre 500 y 3.200 euros mensuales)
Duración Dos años, salvo para mayores de 45 años y discapacitados, que son indefinidas Se amplía a cuatro años con carácter general y se mantiene indefinida para los colectivos que ya la tenían
     
Reducción de costes empresariales
Cotizaciones empresariales por desempleo No hay reducciones desde hace muchos años

Reducción de 0,25 puntos y un 0,25 adicional a partir de 1 de julio de 2008, limitada a los contratos indefinidos

Eliminación del recargo para contratos temporales a tiempo completo de ETT?s

Cotizaciones Fondo Garantía Salarial (FOGASA) 0,40 puntos sobre la cuota empresarial a la Seguridad Social Se reduce a 0,20 puntos
     
Protección por desempleo
Prestación por desempleo Los trabajadores fijos discontinuos tienen limitado el acceso a algunas prestaciones por desempleo. Los socios temporales de cooperativas de trabajo no tienen estas prestaciones. Se mejora el acceso a las prestaciones por desempleo a los trabajadores fijos discontinuos en los períodos de inactividad productiva y a los socios trabajadores de cooperativas cuando finalice su relación societaria temporal
Subsidio por desempleo Los mayores de 45 años sin responsabilidades familiares no tienen derecho al subsidio de seis meses si no han agotado una prestación contributiva de al menos 12 meses Se extiende el derecho a todos los mayores de 45 años sin responsabilidades familiares que hayan agotado una prestación contributiva
Renta Activa de Inserción Tiene un carácter de simple ayuda económica, que se renueva anualmente en la Ley de Presupuestos Se considerara un derecho subjetivo, por el cual se cotizará a la Seguridad Social
     
Protección por FOGASA en caso de insolvencia empresarial
Cuantía salarios abonables Máximo del doble del SMI Se amplía al triple del SMI
Días abonables 120 días Se extiende a 150 días
Pagas extraordinarias abonables Excluido el abono de la parte proporcional Se incluye el abono de la parte proporcional
Base cálculo indemnizaciones por despido 25 días por año de servicio Se aumenta a 30 días por año de servicio
Tope indemnización abonable Doble del SMI Se amplía al triple del SMI
Indemnizaciones por fin de contrato temporal, conciliación judicial, despido objetivo, etc. Excluidas del Fondo Se incluyen
     
Potenciación Inspección de Trabajo y Seguridad Social
Plantilla Inspección 790 inspectores y 828 subinspectores Se incrementa la dotación a 1.000 inspectores y 1.000 subinspectores

 

 


Departamento de Asesoría Laboral

 

 


 

 


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