| APARTADOS |
SITUACIÓN ACTUAL |
TRAS LA REFORMA |
| Contratación |
| Contratos temporales |
No existen límites para el encadenamiento de sucesivos contratos temporales |
Se prohíbe el encadenamiento abusivo (Más de 24 meses en un periodo de 30) |
| Contrato fomento contratación indefinida |
Se puede concertar con determinados colectivos de trabajadores desempleados |
Se permite para la conversión de contratos temporales en indefinidos, que está suspendida en la actualidad (sólo se permite para contratos temporales anteriores a 31 de diciembre de 2003) |
| Cesión de trabajadores |
Sólo puede efectuarse a través de ETTs autorizadas |
Se define de manera clara la cesión ilegal de trabajadores |
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| Incentivos a la contratación |
| Beneficiarios |
Colectivos de desempleados con especiales dificultades de empleo acogidos al contrato de fomento de la contratación indefinida |
Se amplia a jóvenes varones desempleados entre 16 y 30 años. Se crea un nuevo incentivo a la contratación indefinida de mujeres que se reincorporen al trabajo después de cinco años de inactividad
Se conceden ayuda durante el 2º semestre de 2006 para la conversión de contratos temporales en indefinidos. A partir de 2007, estas ayudas quedarán suspendidas |
| Bonificaciones |
Bonificados con un porcentaje de la cuota a la Seguridad Social, lo que beneficia más a los trabajadores con salarios altos |
Se sustituyen por módulos fijos de ayuda mensual según el colectivo de beneficiarios (entre 500 y 3.200 euros mensuales) |
| Duración |
Dos años, salvo para mayores de 45 años y discapacitados, que son indefinidas |
Se amplía a cuatro años con carácter general y se mantiene indefinida para los colectivos que ya la tenían |
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| Reducción de costes empresariales |
| Cotizaciones empresariales por desempleo |
No hay reducciones desde hace muchos años |
Reducción de 0,25 puntos y un 0,25 adicional a partir de 1 de julio de 2008, limitada a los contratos indefinidos
Eliminación del recargo para contratos temporales a tiempo completo de ETT?s |
| Cotizaciones Fondo Garantía Salarial (FOGASA) |
0,40 puntos sobre la cuota empresarial a la Seguridad Social |
Se reduce a 0,20 puntos |
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| Protección por desempleo |
| Prestación por desempleo |
Los trabajadores fijos discontinuos tienen limitado el acceso a algunas prestaciones por desempleo. Los socios temporales de cooperativas de trabajo no tienen estas prestaciones. |
Se mejora el acceso a las prestaciones por desempleo a los trabajadores fijos discontinuos en los períodos de inactividad productiva y a los socios trabajadores de cooperativas cuando finalice su relación societaria temporal |
| Subsidio por desempleo |
Los mayores de 45 años sin responsabilidades familiares no tienen derecho al subsidio de seis meses si no han agotado una prestación contributiva de al menos 12 meses |
Se extiende el derecho a todos los mayores de 45 años sin responsabilidades familiares que hayan agotado una prestación contributiva |
| Renta Activa de Inserción |
Tiene un carácter de simple ayuda económica, que se renueva anualmente en la Ley de Presupuestos |
Se considerara un derecho subjetivo, por el cual se cotizará a la Seguridad Social |
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| Protección por FOGASA en caso de insolvencia empresarial |
| Cuantía salarios abonables |
Máximo del doble del SMI |
Se amplía al triple del SMI |
| Días abonables |
120 días |
Se extiende a 150 días |
| Pagas extraordinarias abonables |
Excluido el abono de la parte proporcional |
Se incluye el abono de la parte proporcional |
| Base cálculo indemnizaciones por despido |
25 días por año de servicio |
Se aumenta a 30 días por año de servicio |
| Tope indemnización abonable |
Doble del SMI |
Se amplía al triple del SMI |
| Indemnizaciones por fin de contrato temporal, conciliación judicial, despido objetivo, etc. |
Excluidas del Fondo |
Se incluyen |
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| Potenciación Inspección de Trabajo y Seguridad Social |
| Plantilla Inspección |
790 inspectores y 828 subinspectores |
Se incrementa la dotación a 1.000 inspectores y 1.000 subinspectores |