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Plan General de Control Tributario 2010
(Febrero 2010)
El pasado 19 de enero se han publicado en el BOE las directrices generales de lo que va a ser el plan de control de la Agencia Tributaria en el presente año, que pasamos a resumir:
Actuaciones de control intensivo.
- Prevenir la presentación de declaraciones periódicas con importes inferiores a los que procede declarar.
- Retenciones e IVA de 2010 para evitar traslados de saldos a períodos impositivos siguientes
- Aplicación de tipos o bases de tributación inferiores a los legalmente procedentes.
- Actuaciones de control en materia de fiscalidad internacional.
- Control de las operaciones en las que han existido precios de transferencia
- Control de las transacciones con paraísos fiscales
- Control de operaciones con contribuyentes deslocalizados y aplicación de las normas antiabuso de la legislación española.
- Se fomentará la participación de los órganos de inspección de la Agencia Tributaria en la realización de controles multilaterales junto con los órganos de inspección de otros países de la Unión Europea, especialmente en materia de fraude en el IVA y en operaciones vinculadas.
Actuaciones de control extensivo.
- Contribuyentes que aplican el régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (módulos) y los regímenes especiales del Impuesto sobre el Valor Añadido
- Control de los obligados tributarios con la misma o similar actividad que renuncien o queden excluidos de estos regímenes.
- Control de operaciones inusuales que vinculen a empresarios en módulos con otros empresarios o profesionales en estimación directa.
Actuaciones de gestión recaudatoria
- Derivaciones de responsabilidad.
- Diseño de nuevas estrategias que permitan combatir mejor la ocultación de los verdaderos responsables y sus patrimonios.
- Actuaciones de investigación tendentes a la aplicación de los supuestos de levantamiento del velo, administradores de hecho y responsables solidarios por ocultación de bienes, con ejercicio en su caso de las acciones judiciales que pudieran proceder.
- Evitar la utilización de la figura del proceso concursal con el exclusivo fin de propiciar sucesiones de empresas soslayando el cumplimiento de las responsabilidades tributarias.
- Utilización de las medidas cautelares.
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Departamento
de Asesoría Fiscal
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