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DIFERENCIAS ENTRE LA INFRACCIÓN TRIBUTARIA Y EL DELITO CONTRA LA HACIENDA PÚBLICA
(Marzo 2008)

Determinadas conductas, acciones u omisiones, que lesionan el interés público, se tipifican como delitos contra la Hacienda Pública y no como infracciones tributarias. La diferencias entre delito contra la Hacienda Pública e infracción tributaria son las siguientes:
- En relación con la naturaleza jurídica, se plantea el problema doctrinal de si el delito contra la Hacienda Pública es una infracción tributaria sancionada penalmente o, por el contrario, si se trata de una conducta consistente en el incumplimiento de obligaciones tributarias que por su propia entidad y por el bien jurídico protegido ha de constituir un tipo penal.
- El delito contra la Hacienda Pública y la infracción tributaria se diferencian por la cuantía defraudada. Hasta 120.0000 euros estaremos ante un supuesto de infracción tributaria, mientras que si supera dicha cantidad se incurrirá en delito.
Cuando se trate de delito de fraude en subvenciones y ayudas públicas la cuantía límite es de 80.000 euros.
Cuando se trate de delito contable consistente en no haber anotado en los libros obligatorios negocios, actos, operaciones o, en general, transacciones económicas, o los hubiere anotado con cifras distintas a las verdaderas, y en haber practicado en los libros obligatorios anotaciones contables ficticias, la cuantía, en más o menos, de los cargos o abonos omitidos o falseados deberá exceder, sin compensación aritmética entre ellos, de 240.000 euros por cada ejercicio económico.
- Tanto la infracción tributaria como el delito contra la Hacienda Pública requieren una conducta, acción u omisión, culpable. Ahora bien, el grado de culpabilidad exigido es distinto:
- El delito contra la Hacienda Pública requiere dolo en su comisión para que se pueda sancionar penalmente.
- La infracción tributaria puede cometerse a título de simple negligencia. Si concurriese negligencia pero no dolo, la conducta sería sancionable administrativamente aunque la cuantía defraudada superase 120.0000 euros. Son infracciones tributarias las acciones y omisiones tipificadas y sancionadas en las leyes. Las infracciones tributarias son sancionables incluso a título de simple negligencia.
(En la nueva LGT se ha eliminado la referencia a que las infracciones tributarias se sancionan a título de simple negligencia. Se refiere a la negligencia, en cualquier grado que ésta se presente).
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Departamento
de Asesoría Fiscal
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